Derechos laborales de las Víctimas de Violencia de Género
- Reordenación de su tiempo de trabajo conforme a sus necesidades.
 - Movilidad geográfica.
 - Cambio de centro de trabajo con reserva de puesto durante los primeros 6 meses.
 - Reducción de jornada laboral con proporcional reducción del salario.
 - Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo se consideran justificadas cuando lo determinen los servicios sociales o de salud.
 - Suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo con derecho a prestación por desempleo durante 6 meses, ampliable hasta 18 meses por resolución judicial.
 - Extinción del contrato de trabajo con derecho a prestación por desempleo por voluntad de la trabajadora.
 - El despido se declarará nulo, si una trabajadora, víctima de violencia de género, es despedida, por el empresario mientras está ejerciendo su derecho a reducción de jornada, reordenación del tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo o suspensión del contrato.
 

